¿Es obligatorio vacunar a los perros?

Por Published On: abril 23rd, 2026

A día de hoy, las vacunas son un elemento clave en la medicina veterinaria preventiva. Esto quiere decir que se consideran muy eficaces y seguras para evitar que los perros contraigan diferentes enfermedades tan graves que pueden llegar a ser mortales. Pero, ¿es obligatorio vacunar a los perros? Lo explicamos en el siguiente artículo.

¿Qué son las vacunas?

Las vacunas son preparaciones elaboradas con bacterias, toxinas o virus atenuados, muertos o modificados que sirven para presentar un determinado patógeno al sistema inmune con el objetivo de que pueda crear defensas (anticuerpos) contra él.

De esta manera, si el animal entra en contacto con dicho patógeno en algún momento de su vida, su organismo podrá atacarlo rápidamente. Esta velocidad de acción es muy importante, pues estamos hablando de patógenos que causan enfermedades tan graves como la parvovirosis o el moquillo, que pueden resultar mortales.

Por este motivo, es fundamental que los perros reciban todas las vacunas que el veterinario recomiende según sus circunstancias, tanto para protegerse a sí mismos como para controlar la transmisión de estas enfermedades infecciosas.

Las vacunas suelen administrarse mediante inyección subcutánea y hay que repetir la aplicación, periódicamente, a lo largo de toda la vida del perro para garantizar que la inmunidad se mantenga elevada.

Vacunas esenciales

Algunas vacunas para los perros reciben el nombre de esenciales porque los veterinarios las consideran imprescindibles para preservar su salud. Estas vacunas son las que deberían recibir todos los ejemplares, con independencia de sus características y circunstancias. En la actualidad, son las que protegen de las siguientes enfermedades:

  • Moquillo.
  • Parvovirosis.
  • Hepatitis vírica.
  • Rabia.

Vacunas no esenciales

Por otra parte, además de las esenciales, existen otras vacunas que se recomiendan en determinadas circunstancias. No son esenciales para todos los perros, pero sí deberían recibirlas los ejemplares que tienen un mayor riesgo de contactar con las siguientes enfermedades:

  • Leptospirosis.
  • Leishmaniosis.
  • Tos de las perreras.

¿Qué vacunas son obligatorias?

En función de las características y las condiciones de vida de cada perro, el veterinario tendrá que decidir qué pauta de vacunación es la que necesita. Es decir, debe escoger las vacunas que considera imprescindibles para ese caso concreto y cada cuánto tiempo tienen que ponerse.

Se valoran factores como la edad, el estado de salud, el lugar de residencia, la forma de vida, el contacto con potenciales focos de infección, etc. Con toda esta información, el veterinario propone un calendario de vacunación. En general, se administran las vacunas esenciales a todos los perros y se reservan las no esenciales para algunos ejemplares.

Por ejemplo, perros que participan en competiciones caninas o acuden con frecuencia a residencias es recomendable que reciban la vacuna contra la tos de las perreras. De hecho, es una vacuna que se suele exigir para poder dejar al perro en estas instalaciones o inscribirlo en concursos caninos.

Pero que sea una exigencia no quiere decir que se trate de una vacuna obligatoria. En este sentido, la legislación vigente solo considera obligatoria una vacuna, que es la de la rabia, aunque ni siquiera en todas las comunidades autónomas.

En concreto, la última ley aprobada al respecto, la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, dice en su artículo 24 que es obligatorio:

  • “Prestar al animal los cuidados sanitarios necesarios para garantizar su salud y, en todo caso, los estipulados como obligatorios según su normativa específica”, lo que mantiene como obligatoria únicamente la vacuna de la rabia y solo en las comunidades que así lo han determinado.

Calendario de vacunaciones para perros

En general, aunque no lo obligue la ley, los veterinarios recomiendan encarecidamente que todos los perros reciban las siguientes vacunas en este calendario:

  • 4-9 semanas de vida: dependiendo de cada caso, se puede administrar una primera vacuna que protege solo contra la parvovirosis o contra la parvovirosis y el moquillo.
  • 3-4 semanas después de la primera dosis: se administra una vacuna polivalente, que incluye las enfermedades ya mencionadas junto a otras como la leptospirosis o la hepatitis vírica. Para muchos cachorros esta es la primera vacuna y se pone, aproximadamente, a los dos meses de edad.
  • 3-4 semanas después: se repite la vacuna polivalente para conseguir el máximo de inmunidad.
  • 12 semanas de vida: puede ponerse la vacuna antirrábica. Recordemos que es la única obligatoria en casi todas las comunidades y, además, es la que se requiere para viajar. Se exige revacunar todos los años.
  • Cada año o cada 2-3 años se revacuna con la vacuna polivalente a lo largo de toda la vida del perro.
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