La nueva ley de derechos y bienestar animal, aprobada en España en marzo del 2023, ha traído algunas novedades para los cuidadores de animales domésticos. El objetivo es mejorar la situación de estos animales y reducir las cifras de abandono y maltrato.
Pero lo cierto es que se ha visto acompañada de polémicas y muchas dudas. Por ello en este artículo explicamos lo que necesitas saber sobre la nueva ley de bienestar animal si eres cuidador, pues el desconocimiento de una ley no exime de su cumplimiento.
Curso para una tenencia responsable
En primer lugar, hay que saber que la entrada de una ley en vigor no implica que, de inmediato, deban cumplirse todos sus artículos. Esto se explica porque hay algunos que requieren un desarrollo reglamentario paralelo para poder hacerse efectivos. Es lo que sucede con el curso que la ley exige a todos los nuevos cuidadores.
Así, aunque la ley entró en vigor en septiembre de 2023, todavía se están fijando los criterios para la implantación de dicho curso (quién lo da y cómo, cuál es su duración y coste, etc.).
De momento, parece que será un curso en línea gratuito a cargo de veterinarios y que valdrá con hacer uno, aunque con posterioridad se adopten más animales. En conclusión, los cuidadores deberán estar atentos a la publicación de la información definitiva relativa al curso en los próximos meses.
Seguro de responsabilidad civil
Con este seguro sucede lo mismo que con el curso, es decir, todavía se está trabajando en sus características. Lo que marca la ley hasta el momento es que se trata de un seguro destinado a cubrir los daños que los perros pudiesen ocasionar a terceros, como mordeduras, rotura de mobiliario, etc.
Es un seguro que ya resultaba obligatorio en algunas comunidades y para todos los perros considerados potencialmente peligrosos (PPP). A este respecto, hay que saber que muchos seguros del hogar incluyen a los perros que viven en él, por lo que, antes de contratar, conviene revisar el seguro de la casa.
Al igual que en el curso para cuidadores, habrá que esperar a que se complete el desarrollo reglamentario en los próximos meses para tener toda la información. Eso sí, a los gatos no se les pide este seguro en ningún caso.
Identificación
La identificación mediante la inserción de un microchip era ya obligatoria para todos los perros, con independencia de su raza. La nueva ley extiende la obligación también a los gatos. Todos ellos deben ser identificados con el chip de la misma manera que los perros y antes de cumplir los 3 meses de edad.
De esta forma, asociados a este dispositivo estarán sus datos y los de la persona responsable de su cuidado, lo que intenta reducir los abandonos. Además, se incrementan las multas para los casos de incumplimiento.
Castración
La nueva ley recoge la obligatoriedad de castrar a todos los gatos, machos y hembras, antes de cumplir los 6 meses de edad. Para los perros no se establece esta obligación, pero sí se deben adoptar las precauciones necesarias para evitar la cría indiscriminada.
Es una de las medidas orientadas a disminuir los nacimientos no deseados, que contribuyen a elevar las cifras de abandono y maltrato. La única excepción la constituyen los gatos que se anoten en el registro de criadores.
Cría
La nueva ley crea un registro para ejemplares que se quieran dedicar a la cría, asociados a criadores que también deben figurar, obligatoriamente, en el registro de criadores de animales de compañía.
Así, ningún perro o gato que no esté inscrito podrá tener descendencia ni puede dedicarse a la cría ninguna persona no anotada. Es otra de las medidas para intentar reducir el número de camadas no deseadas y, por lo tanto, el abandono y el maltrato, pues muchas veces estos animales nacen en domicilios de particulares no profesionales.
Cuidados
Además de los cuidados básicos que todos los animales requieren (alimentación, veterinario, compañía, etc.), la ley especifica el tiempo que se pueden dejar solos. En el caso de los perros, ningún ejemplar podrá pasar más de 24 horas seguidas sin la presencia de un cuidador. Para los gatos este periodo de tiempo aumenta y se fija en 3 días. Dejarlos solos durante más horas de las señaladas es motivo de multa.
Listado de animales domésticos
Una de las cuestiones que ha causado más polémica ha sido la relativa al listado de las especies que se consideran domésticas y, por lo tanto, pueden tenerse en los hogares. Se ha afirmado que animales como cobayas o periquitos tendrían que ser entregados por no considerarse domésticos. Pero es completamente falso.
El listado definitivo todavía está en preparación. De momento, se sabe que incluirá a perros, gatos y hurones y se supone que excluirá a especies consideradas silvestres (que no deberían tenerse en cautividad), exóticas (que además pueden suponer un riesgo para la fauna local) o de explotación.
De todas formas, las personas con alguno de estos animales pueden presentar la documentación para solicitar su consideración como animal de compañía y conseguir así permiso para su tenencia.